23.11.09

Presupuesto por Programa Vs. Presupuesto por Proyecto

Según documento de la Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), institución conocida en la actualidad como la Ofincina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), el presupuesto por programas tiene sus bases teóricas en lo siguiente:
“El presupuesto es un medio para prever y decidir la acción de producir que se va a realizar en un período definido, así como para asignar formalmente los recursos que esa producción exige en la praxis de una institución, Sector o Región. Este carácter práctico del presupuesto implica que debe concebírselo como un sistema administrativo que se materializa por etapas: formulación, discusión y sanción, ejecución, control y evaluación.
Bajo este enfoque, el presupuesto debe cumplir con los siguientes requisitos:
Primero: El presupuesto debe ser agregable y desagregable en centros de producción, donde el producto de cada centro debe ser excluyente de cualquier otro producto, de cualquier otro centro de producción de su mismo ámbito. De no ser así, el total de asignación de recursos que se exprese el nivel del gasto presupuestario no tendría significado y encerraría duplicaciones y confusiones.
Segundo: Las relaciones entre los recursos asignados y los productos resultantes de esa asignación deben ser perfectamente definidas; no puede haber dudas sobre el producto que se persigue con determinada asignación de recursos y un mismo recurso o parte fraccionable del mismo no puede ser requisito presupuestario de dos o más productos.
Tercero: La asignación de recursos para obtener los productos, que directamente requieren los objetivos de las políticas (productos terminales) exige también de la asignación de recursos para lograr otros productos que permitan o apoyen la producción de los productos terminales (productos intermedios). De manera que, una parte de la producción expresada en el presupuesto es un requisito directo de las políticas y otra parte sólo es un requisito indirecto de tales políticas.
Cuarto: El presupuesto debe expresar la red de producción donde cada producto es condicionado y, a la vez, condiciona a otros productos de la red, existiendo así unas determinadas relaciones de coherencia entre las diversas producciones que se presupuestan.” [1]
Ahora bien, que solo se enuncia una sola vez y sin mayor profundidad el Concepto de Presupuesto por Proyecto, en la ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público Sobre el Sistema Presupuestario[2], me remitiré a un artículo del el economista Miguel Cortez en donde hace referencia al concepto
“…instrumento de desarrollo, de la política económica pública que se expresa en Proyectos de Inversión Social y que facilita la obtención de los recursos financieros y humanos, equipos y servicios para aplicarlos a la realidad que se quiere transformar…”[3]
Según el autor, el Presupuesto por Proyecto debe surgir acorde con una política pertinente en la que el Estado determine la orientación estratégica del país a fin de llevar a cabo su actividad financiera a través del presupuesto como un instrumento fiscal que complemente la política económica nacional. Esta modalidad surgió por iniciativa del Ejecutivo Nacional, para sustituir al modelo presupuestario que contaba con 44 años de aplicación desde el año 1961 hasta el año 2005.

[1]OCEPRE, Conceptos Presupuestarios, [Contenido en Línea], disponible en:
http://www.ocepre.gov.ve/conceptos/conceptos.html
[Consulta realizada el 22/11/2009]

[2]
Consejo de Ministros, Reglamento Nº 1 De La Ley Orgánica De La Administración Financiera Del Sector Público, Sobre El Sistema Presupuestario. http://www.ocepre.gov.ve/documentos-publicaciones/ReglamentoLOAF/REGLAMENTO_LOAFSP_CONSULTA.pdf
[Consulta realizada el 22/11/2009]

[3]Cortez, Miguel. El presupuesto por proyectos como técnica revolucionaria de presupuestación. [Contenido en Línea], disponible en:
http://www.aporrea.org/actualidad/a66121.html
[Consulta realizada el 22/11/2009]

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